Lo que debemos conocer sobre el sacrificio de ganado y la comercialización de leche

Autor: William de Armas Delisle.

Songo – La Maya, 10 jun 2021.- En los campos  y también en las ciudades y poblados,  crece  la expectativa  que  trae consigo  la aplicación de la Resolución 139/2021, que regula el procedimiento para el sacrificio, consumo y comercialización de las carnes de ganado bovino por los productores agropecuarios,  de ahí la necesidad de una mayor información  a escala social.

Si  bien es cierto que muchos ven los beneficios sólo  en la posibilidad  que tienen ahora los productores  ganaderos de  consumir y comercializar  la carne, leche y otros subproductos , hay que señalar  que  la resolución 139 , publicada en la Gaceta Oficial, tiene como objetivos supremos incentivar en esos propietarios el interés por su crianza.

Según Arián Gutiérrez Velázquez, director de Ganadería del Ministerio de la Agricultura (Minag), esta medida reconoce la pertenencia del ganado al productor y estimula sus esfuerzos para producir y vender. Además, brinda a la población productos lácteos a precios por acuerdos y promueve el acceso de los productores de leche fresca de vaca, búfala y cabra, así como sus derivados a los diferentes mercados.

Como se fija en el documento legal para acceder a tal procedimiento, es necesario poseer el certifico de la Empresa Láctea que acredite la suscripción y el cumplimiento del contrato para la entrega de leche a la industria y al comercio minorista, teniendo en cuenta los indicadores de la ganadería y los de calidad e inocuidad establecidos .

El  director de Ganadería del Minag, Arián Gutiérrez Velázquez,  precisa en su  información que el precio de Acopio para la compra del litro de leche fresca de vaca es de 7,50 pesos. Si el productor cumple o sobre cumple el plan de entrega del mes, se bonificará con 1,50 pesos por litro, y una vez cumplido el contrato mensual, los precios de las ventas serán por acuerdo.

En el caso de los productores de leche de vaca que están a una distancia excesiva de los puntos de recogida, sin posibilidades para la entrega, podrán convertirla en queso, y su precio será conveniado con la Empresa Láctea, dependiendo de la calidad.

Comentó que la leche de cabra, búfala y sus derivados se pagarán por acuerdo entre el productor y los compradores, a fin de buscar ingresos en divisas que tributen al desarrollo de la ganadería.

En cuanto a la Resolución 139/2021, que establece el procedimiento para autorizar el sacrificio, consumo y comercialización de las carnes de ganado bovino por los productores, Gutiérrez Velázquez subrayó que pretende ampliar la oferta a la población de productos cárnicos a precios por acuerdos, y promover el acceso de los propietarios a los diferentes mercados.

Los productores estarán acreditados y actualizados como tenentes en los registros de la Tierra y de Control Pecuario.

Para acceder a  los mencionados  beneficios  que establece la resolución se aclara  que es necesario cumplir con el encargo estatal; en correspondencia con las tasas de extracción anual y pesos de sacrificios establecidos por los productores, además de honrar la entrega mínima de 520 litros de leche, en el caso de quienes tengan hasta diez vacas, y 550 para aquellos con más de diez.

Gutiérrez Velázquez enfatizó en que otro requisito es mantener el crecimiento del rebaño de vacas y el rebaño total. Por eso puede sacrificar, para su consumo y comercialización, en la categoría establecida, un animal de cada tres que incremente en su rebaño.

Se autorizará el sacrificio –solo en mataderos acreditados– de los machos en categoría añojo, torete y toro, y las hembras de desecho  no aptas para producir, certificadas por la autoridad correspondiente.

Según Mayra Cruz Legón, jefa del Departamento de Política Agraria de la Dirección Jurídica del Minag, estas nuevas normas,  que  entraron en vigor el cuatro de junio último, eliminan la dispersión y las contradicciones normativas sobre la comercialización de productos agropecuarios.

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